Estos estatutos están pensado primero como movimiento civico-político, no aún como partido, pero son compatibles con una futura transformación en partido político conforme a la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).
CAPÍTULO I
DENOMINACIÓN, NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN
ARTÍCULO 1
DENOMINACIÓN
Se constituye una organización de carácter civico-politico denominada Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco, que podrá identificarse por las siglas MTNG temporalmente.
ARTÍCULO 2
nATURALEZA JURÍDICA
El Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco es una organización política de carácter nacional, sin fines de lucro, fundada para la formación cívica, la incidencia política y la participación en la vida pública, conforme a la Constitución Política de la Republica de Guatemala y las leyes vigentes.
ARTÍCULO 3
DOMICILIO
El domicilio legal del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco sera la ciudad de Atlanta, USA y la ciudad de Guatemala, pudiendo establecer representaciones en cualquier departamento o municipio de Guatemala y en cualquiera de los 50 estados de la Unión Americana, así como mecanismos de la vinculación con guatemaltecos en el extranjero.
ARTÍCULO 4
DURACIÓN
La duración del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemala será indefinida.
CAPITULO II
PRINCIPIOS, FINES Y OBJETIVOS
ARTÍCULO 5
PRINCIPIOS RECTORES
El Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco se rige por los principios de:
- Unidad nacional
- Soberanía del Estado
- Democracia representativa
- Pluralismo político responsable
- Legalidad
- Transparencia en
- Ética pública
ARTÍCULOS 6
FINES
Son fines del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco:
- Promover la integración nacional y la cohesión social
- Fortalecer la institucionalidad democrática
- Fomentar la formación cívica y política
- Defender la soberanía y el interés nacional
- Impulsar propuestas de desarrollo nacional inclusivo
artículo 7
OBJETIVO
El Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco tiene como objetivos:
- Incidir en la agenda pública nacional
- Formar liderazgo político y técnico
- Articular sectores sociales diversos
- Preparar condiciones para participación electoral futura conforme a la ley
CAPÍTULO III
AFILIACIÓN, DERECHOS Y DEBERES
ARTÍCULO 8
AFILIACIÓN
Podrá afiliarse toda persona guatemalteca mayor de edad que:
- Acepte estos estatutos
- Comparta los principios del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco
- Que acepte la formación política impartida por la Escuela Transversal Nacionalista Guatemalteca Animal Político GT
- No tenga sentencia firme por delitos dolosos
ARTÍCULO 9
dERECHOS DE LOS AFILIADOS
Son derechos:
- Participar en las instancias del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco
- Elegir y ser electos para cargos internos
- Expresar opiniones dentro del marco estatuario
- Recibir formación política por o desde la Escuela Transversal Nacionalista Guatemalteca Animal Político GT
ARTÍCULO 10
DEBERES DE LOS AFILIADOS
Son deberes:
- Cumplir estos estatutos
- Actuar con ética y respeto a la ley
- Contribuir al cumplimiento de los fines del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco
CAPÍTULO IV
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
Artículo 11
Órganos del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco
Son órganos del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco:
- Asamblea Nacional
- Consejo Nacional
- Coordinaciones Territoriales
- Secretaria General
- Consejo de Formación y Doctrina
- Tribunal de Ética y Disciplina
SECCIÓN I
ASAMBLEA NACIONAL
ARTÍCULO 12
NATURALEZA
La Asamblea Nacional es el órgano supremo del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco
ARTÍCULO 13
FUNCIONES
Corresponde a la Asamblea Nacional:
- Aprobar reformas estatutarias
- Elegir autoridades nacionales
- Definir lineamientos generales
- Resolver asuntos de trascendencia nacional
SECCIÓN II
CONSEJO NACIONAL
ARTÍCULO 14
INTEGRACIÓN
El Consejo Nacional estará integrado por representantes electos por la Asamblea Nacional.
ARTÍCULO 15
FUNCIONES
- Ejecutar las decisiones de la Asamblea
- Dirigir políticamente al Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco
- Coordinar la estructura territorial
SECCIÓN III
SECRETARÍA GENERAL
ARTÍCULO 16
SECRETARÍA GENERAL
La Secretaria General es el órgano ejecutivo y de representación legal del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco.
ARTÍCULO 17
FUNCIONES
- Representar legalmente al Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco
- Administrar los recursos
- Convocar a los órganos interno
SECCIÓN IV
TRIBUNAL DE ÉTICA Y DISCIPLINA
ARTÍCULO 18
NATURALEZA
Órgano autónomo encargado de velar por el cumplimiento ético y estatutario.
ARTÍCULO 19
FUNCIONES
- Conocer faltas internas
- Garantizar debido proceso
- imponer sanciones conforme a reglamento
CAPÍTULO V
REGIMEN ECONÓMICO
ARTÍCULO 20
PATRIMONIO
El patrimonio del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco estará constituido por:
a) Cuotas voluntarias
b) Donaciones lícitas
c) Actividades permitidas por la ley
d) Por cuotas de formación en Ciencias Políticas
ARTÍCULO 21
PROHIBICIONES
a) Recibir fondos ilícitos
b) Financiamiento anónimo prohibido
c) Recursos provenientes del crimen organizado
CAPÍTULO VI
REFORMAS Y DISOLUCIÓN
ARTÍCULO 22
REFORMAS
Los estatutos solo podrán reformarse por mayoría calificada de la Asamblea Nacional
ARTÍCULO 23
DISOLUCIÓN
El Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco podrá disolverse por decisión de la Asamblea Nacional o por mandato legal.
ARTÍCULO 24
DESTINO DE BIENES
En caso de disolución, los bienes se destinarán conforme a la ley.
DISPOSICIÓN FINAL
Estos estatutos entran en vigencia a partir de su aprobación por la Asamblea Constitutiva del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco


En resumen: conclusiones clave
Debido a que somos una ideología en pleno desarrollo sus conclusiones claves estarán disponibles más adelante.


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