Estos estatutos están pensado primero como movimiento civico-político, no aún como partido, pero son compatibles con una futura transformación en partido político conforme a la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).

CAPÍTULO I

DENOMINACIÓN, NATURALEZA, DOMICILIO Y DURACIÓN
ARTÍCULO 1
DENOMINACIÓN

Se constituye una organización de carácter civico-politico denominada Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco, que podrá identificarse por las siglas MTNG temporalmente.

ARTÍCULO 2
nATURALEZA JURÍDICA

El Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco es una organización política de carácter nacional, sin fines de lucro, fundada para la formación cívica, la incidencia política y la participación en la vida pública, conforme a la Constitución Política de la Republica de Guatemala y las leyes vigentes.

ARTÍCULO 3
DOMICILIO

El domicilio legal del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco sera la ciudad de Atlanta, USA y la ciudad de Guatemala, pudiendo establecer representaciones en cualquier departamento o municipio de Guatemala y en cualquiera de los 50 estados de la Unión Americana, así como mecanismos de la vinculación con guatemaltecos en el extranjero.

ARTÍCULO 4
DURACIÓN

La duración del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemala será indefinida.

CAPITULO II

PRINCIPIOS, FINES Y OBJETIVOS

ARTÍCULO 5
PRINCIPIOS RECTORES

El Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco se rige por los principios de:

  • Unidad nacional
  • Soberanía del Estado
  • Democracia representativa
  • Pluralismo político responsable
  • Legalidad
  • Transparencia en
  • Ética pública
ARTÍCULOS 6
FINES

Son fines del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco:

  • Promover la integración nacional y la cohesión social
  • Fortalecer la institucionalidad democrática
  • Fomentar la formación cívica y política
  • Defender la soberanía y el interés nacional
  • Impulsar propuestas de desarrollo nacional inclusivo
artículo 7
OBJETIVO

El Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco tiene como objetivos:

  • Incidir en la agenda pública nacional
  • Formar liderazgo político y técnico
  • Articular sectores sociales diversos
  • Preparar condiciones para participación electoral futura conforme a la ley

CAPÍTULO III

AFILIACIÓN, DERECHOS Y DEBERES

ARTÍCULO 8
AFILIACIÓN

Podrá afiliarse toda persona guatemalteca mayor de edad que:

  • Acepte estos estatutos
  • Comparta los principios del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco
  • Que acepte la formación política impartida por la Escuela Transversal Nacionalista Guatemalteca Animal Político GT
  • No tenga sentencia firme por delitos dolosos
ARTÍCULO 9
dERECHOS DE LOS AFILIADOS

Son derechos:

  • Participar en las instancias del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco
  • Elegir y ser electos para cargos internos
  • Expresar opiniones dentro del marco estatuario
  • Recibir formación política por o desde la Escuela Transversal Nacionalista Guatemalteca Animal Político GT
ARTÍCULO 10
DEBERES DE LOS AFILIADOS

Son deberes:

  • Cumplir estos estatutos
  • Actuar con ética y respeto a la ley
  • Contribuir al cumplimiento de los fines del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco

CAPÍTULO IV

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

Artículo 11
Órganos del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco

Son órganos del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco:

  • Asamblea Nacional
  • Consejo Nacional
  • Coordinaciones Territoriales
  • Secretaria General
  • Consejo de Formación y Doctrina
  • Tribunal de Ética y Disciplina

SECCIÓN I
ASAMBLEA NACIONAL

ARTÍCULO 12
NATURALEZA

La Asamblea Nacional es el órgano supremo del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco

ARTÍCULO 13
FUNCIONES

Corresponde a la Asamblea Nacional:

  • Aprobar reformas estatutarias
  • Elegir autoridades nacionales
  • Definir lineamientos generales
  • Resolver asuntos de trascendencia nacional

SECCIÓN II
CONSEJO NACIONAL

ARTÍCULO 14
INTEGRACIÓN

El Consejo Nacional estará integrado por representantes electos por la Asamblea Nacional.

ARTÍCULO 15
FUNCIONES
  • Ejecutar las decisiones de la Asamblea
  • Dirigir políticamente al Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco
  • Coordinar la estructura territorial

SECCIÓN III
SECRETARÍA GENERAL

ARTÍCULO 16
SECRETARÍA GENERAL

La Secretaria General es el órgano ejecutivo y de representación legal del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco.

ARTÍCULO 17
FUNCIONES
  • Representar legalmente al Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco
  • Administrar los recursos
  • Convocar a los órganos interno

SECCIÓN IV
TRIBUNAL DE ÉTICA Y DISCIPLINA

ARTÍCULO 18
NATURALEZA

Órgano autónomo encargado de velar por el cumplimiento ético y estatutario.

ARTÍCULO 19
FUNCIONES
  • Conocer faltas internas
  • Garantizar debido proceso
  • imponer sanciones conforme a reglamento

CAPÍTULO V
REGIMEN ECONÓMICO

ARTÍCULO 20
PATRIMONIO

El patrimonio del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco estará constituido por:
a) Cuotas voluntarias
b) Donaciones lícitas
c) Actividades permitidas por la ley
d) Por cuotas de formación en Ciencias Políticas

ARTÍCULO 21
PROHIBICIONES

a) Recibir fondos ilícitos
b) Financiamiento anónimo prohibido
c) Recursos provenientes del crimen organizado

CAPÍTULO VI
REFORMAS Y DISOLUCIÓN

ARTÍCULO 22
REFORMAS

Los estatutos solo podrán reformarse por mayoría calificada de la Asamblea Nacional

ARTÍCULO 23
DISOLUCIÓN

El Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco podrá disolverse por decisión de la Asamblea Nacional o por mandato legal.

ARTÍCULO 24
DESTINO DE BIENES

En caso de disolución, los bienes se destinarán conforme a la ley.

DISPOSICIÓN FINAL

Estos estatutos entran en vigencia a partir de su aprobación por la Asamblea Constitutiva del Movimiento Transversal Nacionalista Guatemalteco

En resumen: conclusiones clave

Debido a que somos una ideología en pleno desarrollo sus conclusiones claves estarán disponibles más adelante.


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